Plan de Prevención del FRAUDE FISCAL EN LAS FARMACIAS

By La Farmacia del Futuro - agosto 08, 2011





El Plan de Prevención del FRAUDE FISCAL en las farmacias está asociado con el fraude en el IVA.


De esta manera, se ha puesto en marcha un plan para prevenir el fraude en las oficinas de farmacia ( verificación de la entrega de tickets por la compra de producto, control facturación venta libre, prevenir la doble contabilidad, solicitar facturas por la reforma de la farmacia o compra de elementos como cruces, cajoneras, mobiliario,...) y realizar inspecciones periódicas a todas aquellas empresas que son cómplices de no realizar facturas relacionadas directamente con el sector:
- empresas de reformas de farmacias,
- empresas de obra civil que trabajan en el sector farmacia,
- empresas que fabrican elementos para las farmacias (mobiliario, cruces, cajoneras, rótulos,...).




Se calcula en millones de euros el fraude fiscal con el IVA no declarado que se produce en este sector.


PRESENTACIÓN Y OBJETIVOS DEL PLAN


El Plan que se presenta pretende mejorar la eficacia en la prevención del fraude fiscal en el sector farmacéutico.  
Este objetivo es una necesidad, en la medida en que el fraude distorsiona la actividad de los distintos agentes y condiciona el nivel de calidad de los servicios públicos y las prestaciones sociales, y al tiempo una demanda de la 
sociedad, por lo que representa de insolidaridad, tal y como se pone de manifiesto en las encuestas del CIS.  Por otra parte, los comportamientos defraudatorios suponen una merma para los ingresos públicos, lo que afecta a la presión fiscal que soportan los contribuyentes cumplidores puesto que de otra forma no se podría mantener el gasto público. 
Para su cumplimiento, se elabora una  estrategia que se estructura en dos niveles. 
El primero, global, en el que se plantea la corrección de problemas estructurales y se establecen unos principios básicos de actuación. 
El segundo, supone la definición de medidas específicas en función de la problemática de la tipología del fraude. 


El Plan parte de una premisa: la gran mayoría de los obligados tributarios cumple con sus obligaciones fiscales, por lo que se les deben prestar servicios de ayuda al cumplimiento voluntario. Además, el Plan se configura como una herramienta estratégica dirigida a los incumplidores, a los insolidarios, que con su comportamiento, no sólo perjudican los intereses de la Hacienda Pública y 
con ello los de la mayoría, que cumple sus obligaciones fiscales, sino que también introducen un factor de competencia desleal en el sector en que se 
mueven y, en resumen, en la economía española.


Con el objeto de superar las debilidades  de anteriores Planes de Prevención del Fraude, que en la práctica no han sido todo  lo operativos que sería deseable, este Plan se complementará con una revisión integral del sistema de 
objetivos de la Agencia Tributaria, el diseño de un cuadro de mando que permita el seguimiento y la toma de  decisiones en cada momento, y la extensión de los objetivos a la organización tomando en consideración el ámbito de actuación concreto. 
Con este planteamiento se pretende que el Plan sea operativo para orientar las decisiones y las actuaciones de la Agencia Tributaria. Con esta finalidad, el documento actual se complementará con un calendario de aplicación, la 
priorización de las distintas medidas, la designación de responsables concretos para su ejecución y asignación de los recursos implicados en su desarrollo. 


En este contexto, se hace imprescindible adecuar la organización a la estrategia que se plantea y se recoge la necesidad de implicar a toda la organización generando una  cultura corporativa que  permita la unidad de acción. 


El Plan se ha confeccionado en base a una serie de principios y criterios, que se pueden concretar en: 


Carácter estratégico, porque permite orientar la toma de decisiones, se fundamenta en la experiencia de la Agencia Tributaria, se efectúa un importante trabajo de síntesis y se desarrollará en un horizonte temporal de medio plazo.


Planificación global, se considera la Agencia Tributaria en su conjunto, así como las relaciones de ésta con los distintos ámbitos institucionales, Administración Central y Territorial.


Flexible, es abierto y se irá adaptando a la realidad del fraude en cada momento. 


Disuasión del fraude, actuaciones fuera de las oficinas de la Administración, educación ciudadana  y profundización en líneas de asistencia al contribuyente, intensificando esta línea de actuación en relación con las nuevas oficinas de farmacia y empresarios del sector.


La investigación como referencia, se lleva a cabo un planteamiento integrador de los diferentes servicios, de puesta en común, para alcanzar una mayor eficacia en  las labores de investigación. 
Adicionalmente, se apuesta por las nuevas líneas de investigación y su puesta en común a toda la organización. 


La información como condicionante de éxito, se pretende aproximar la obtención de información al momento en que se producen los hechos y se hará más operativo y eficaz el acceso a la información dentro de la propia Agencia Tributaria. 


Fomento del trabajo en equipo, se establecen mecanismos de coordinación en base a líneas directrices y guías de actuación y extensión de los resultados de la  investigación al conjunto de la organización.  


Unidad de acción, se fomenta la eficiencia en las actuaciones de comprobación, estableciendo las  bases para vertebrar adecuadamente las comprobaciones de gestión con los trabajos de inspección, y con una presencia sistemática de las necesidades para mejorar la eficacia 
recaudatoria. 


Implicación de los recursos humanos en la ejecución del Plan, a estos efectos se establece la necesidad de avanzar en el desarrollo de una cultura corporativa, de formación continua y se da valor a la defensa jurídica como respaldo en el compromiso de los funcionarios en la prevención del fraude. 


Adecuación de la organización, las medidas operativas se 
complementan con reformas organizativas que tienen por objeto lograr una mayor eficacia y eficiencia en el desarrollo de las actuaciones de la Agencia Tributaria.






Este enfoque pone su énfasis, por tanto,  en los aspectos disuasorios de la lucha contra el fraude. Cuanto mayor sea la probabilidad de que los defraudadores sean descubiertos y sancionados menor será el fraude. Lo relevante desde este punto de vista  es la percepción subjetiva de los contribuyentes: en la medida en que  la actuación represora del fraude incremente la percepción subjetiva de riesgo, el fraude disminuirá. Por ello interesa no sólo la eficacia de la actuación represora sino su adecuada comunicación. 


La propia presentación pública de un Plan de Prevención del Fraude estructurado y creíble produce, frente a la tentación de incumplir las obligaciones fiscales, un efecto disuasorio a tomar en consideración. 


Además, el Plan permitirá optimizar las actuaciones de control, lo que generará un indudable efecto económico directo (la regularización y, en su caso, la 
sanción de los incumplimientos), un previsible efecto diferido (el incumplidor regularizado acomodará su comportamiento tributario en  el futuro al criterio administrativo ante la evidencia de que, de otra forma, será descubierto) y un 
fuerte efecto inducido (la constatación de que los incumplimientos se descubren y corrigen impulsa al conjunto de la sociedad a cumplir sus obligaciones).




Por otra parte, cabe preguntarse si la percepción social está respaldada por datos cuantitativos que revelen la dimensión del fraude fiscal existente. Es ésta, sin embargo, una cuestión donde no hay consenso respecto a los métodos 
adecuados para su estimación. Por sus propias características, el fraude se refugia en la ocultación. 
La única medición directa del fraude es la que resulta 
de las propias actuaciones de la Administración para descubrirlo, pero no se puede afirmar que ésa sea la totalidad  del fraude existente. Por tanto es necesario recurrir a métodos indirectos que se basan en supuestos siempre 
cuestionables. Metodologías distintas  dan lugar a resultados diferentes y en ciertos aspectos contradictorios. Dado el enfoque de este Plan, no parece oportuno desviar la atención hacia una discusión de cifras, sino centrarla en 
aquellos aspectos prácticos que permitan  mejorar la actuación de la Agencia Tributaria en la prevención del fraude. 


Lo que sí es cierto es que el fraude  fiscal es un fenómeno que no afecta exclusivamente a los recursos de la Hacienda Pública. El fraude distorsiona los comportamientos, generando efectos económicos negativos. Las empresas 
fiscalmente cumplidoras deben enfrentarse a la competencia desleal de las incumplidoras; de ese modo se puede poner en riesgo la existencia de empresas eficientes, que generan empleo, beneficios a sus titulares y accionistas y que además aportan recursos a la financiación de las actividades 
públicas, pero que se ven incapaces de competir ante empresas tal vez menos eficientes, pero que se valen del incumplimiento de sus obligaciones tributarias para desplazar a las primeras. En consecuencia, desde esta perspectiva, el fraude redunda en una pérdida de riqueza para el conjunto de la sociedad.






Esta estrategia debe tener como elemento fundamental una política de comunicación externa que potencie los efectos de las actuaciones de control y que permita ganar aliados entre los ciudadanos, empresas y entidades afectadas por el fenómeno del fraude. 


La apertura del Plan a la sociedad se materializa también en la puesta a disposición de un buzón de sugerencias en la página web de la Agencia:






que permitirá a los ciudadanos formular propuestas y observaciones en este  ámbito que serán analizadas 
permanentemente por la Agencia Tributaria.




CONDENAS POR FRAUDE FISCAL



Para que Hacienda pueda denunciar esto ante un Juez penal será necesario que quién incumpla, lo haga intencionadamente y se exceda de 120.000 euros por tributo y por año. Esto significa que no pueden sumarse las cuotas de varios ejercicios impositivos para superar los 120.000€, sino que se requiere que se supere la cuantía en cada año.
Por debajo de 120.000 euros defraudados, Hacienda nos puede poner una multa que oscila entre el 50% y el 150% de lo defraudado.



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